Abogado para despidos improcedentes, nulos en Las Palmas

La especialización es nuestra garantía

Asesoramiento en despidos improcedentes, nulos en Las Palmas

Ofrecemos asesoramiento especializado en materia de despidos improcedentes y nulos en Las Palmas, comprometidos con la defensa de los derechos laborales. Analizamos cada caso de manera detallada para determinar si el despido carece de justificación legal o vulnera derechos fundamentales. Nuestro objetivo es garantizar que nuestros clientes reciban la indemnización que les corresponde o, en su caso, la reincorporación a su puesto de trabajo, con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión. Contamos con experiencia y conocimiento para brindarte una solución eficaz y personalizada en esta delicada situación.

¿Por qué elegirme?

¿Qué es el despido improcedente y en qué se diferencia del nulo?

Mucha gente se pregunta ¿qué es el despido improcedente exactamente? El despido improcedente se produce cuando una empresa finaliza la relación laboral de un trabajador sin una causa legal o justificada. Esto incluye despidos arbitrarios, sin razones, e incluso despidos que no cumplen las formalidades exigidas legalmente, como la entrega de una carta de despido clara y motivada, entre otras. 

Cuando se declara un despido como improcedente, el empleador tiene dos opciones: readmitir al trabajador en su puesto, con el pago de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la fecha de la readmisión, o indemnizarlo con una cantidad determinada según la antigüedad del empleado y su salario. Si te encuentras en esta situación, un abogado laboralista puede ayudarte a defender tus derechos y obtener la mejor solución.

Los despidos nulos son aquellos en los que, se produce la finalización de la relación laboral, pero existe alguna vulneración de derechos fundamentales del trabajador, como puede ser, por estar embarazada o disfrutando algún permiso de maternidad, paternidad, como represalia a cualquier actuación del trabajador tendente a defender sus derechos laborales, entre otras.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las indemnizaciones por despido improcedente en España?

La indemnización por despido improcedente en España equivale a 33 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, se aplica una indemnización de 45 días por año trabajado hasta esa fecha, y de 33 días por año trabajado a partir de entonces, con algunos límites para trabajadores con mucha antigüedad.

Un despido se considera despido improcedente cuando no se justifica de manera adecuada o no se cumple con los requisitos legales exigidos. Esto incluye:

  • Falta de una causa real o legalmente válida.
  • No respetar el procedimiento establecido, como no entregar una carta de despido o no detallar los motivos del mismo.
  • Que el motivo del despido no sea suficientemente grave como aplicar dicha sanción.

Como regla general no existe obligación de preavisar, en los despidos disciplinarios, sin embargo, habrá que estudiar el convenio colectivo aplicable en cada sector.

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) cubre parte de las indemnizaciones en caso de despido declarados improcedente por sentencia judicial cuando se ha declarado la insolvencia de la empresa, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores. En el caso de indemnización por despido improcedente, FOGASA cubre el importe correspondiente a 33 días de salario por año trabajado con un máximo de una anualidad, con alguna excepciones, sin que el salario diario, base del cálculo, pueda exceder del doble del salario mínimo interprofesional, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Esta cobertura es solo aplicable cuando la empresa no puede hacer frente a la indemnización.

La principal diferencia entre un despido improcedente y uno procedente radica en la justificación y el cumplimiento de los requisitos legales:

  • Despido procedente: Se considera válido y ajustado a la ley porque la empresa demuestra que las causas alegadas en la carta son ciertas y las justifica. Estas causas pueden ser de carácter disciplinario (faltas graves del trabajador), objetivas (motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción), o relacionadas con ineptitud del trabajador. Además, el despido debe seguir los procedimientos legales, como la entrega de una carta explicativa y el cumplimiento de plazos, entre otros.
  • Despido improcedente: Se produce cuando no se cumplen los requisitos legales o la causa alegada no es suficientemente grave o no se puede demostrar. En este caso, el juez puede declarar el despido improcedente, obligando a la empresa a optar entre readmitir al trabajador en su puesto de trabajo o a indemnizarlo con la indemnización que corresponda legalmente.

Puedes solicitar una reunión en nuestro despacho a través del formulario de contacto.

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