Abogado excedencias Las Palmas

La especialización es nuestra garantía

Asesoramiento legal sobre excedencias Las Palmas

Ofrecemos un servicio especializado en asesoramiento legal sobre excedencias en Las Palmas, proporcionando orientación a los trabajadores para gestionar de manera correcta y conforme a la normativa vigente este derecho laboral. Te asesoramos en los diferentes tipos de excedencias, ya sean voluntarias, por cuidado de hijos menores de 3 años (o adopción), cuidado de familiares u otras circunstancias, garantizando que se respeten los plazos, condiciones y derechos de reincorporación. Además, te informamos sobre el procedimiento adecuado para solicitarla y los pasos a seguir para garantizar una futura reincorporación sin inconvenientes.

excedencias laborales

¿Por qué elegirme?

¿Qué son las excedencias laborales?

Las excedencias laborales son períodos de tiempo en los que un trabajador se ausenta de su puesto de trabajo de forma temporal, pero sin perder su vínculo laboral con la empresa. Durante una excedencia, el trabajador suspende temporalmente su contrato, lo que implica que no tiene la obligación de trabajar, pero tampoco está recibiendo remuneración.

Existen varios tipos de excedencias, que se regulan de manera diferente según el tipo y las circunstancias:

  • Excedencia voluntaria
  • Excedencia por cuidado de hijos
  • Excedencia por cuidado de familiares
  • Excedencia forzosa
excedencia voluntaria

Preguntas frecuentes

¿Qué es una excedencia laboral?

Una excedencia laboral es un derecho del trabajador que solicita dejar de trabajar, por un período determinado, manteniendo el vínculo laboral con la empresa. Durante este tiempo, el trabajador no recibe salario.

Los tipos principales son:

  • Excedencia voluntaria: solicitada por el trabajador por motivos personales.
  • Excedencia por cuidado de hijos: para cuidar a hijos menores tras el nacimiento, adopción o acogida.
  • Excedencia por cuidado de familiares: para cuidar a familiares que no puedan valerse por sí mismos.
  • Excedencia forzosa: solicitada por el trabajador debido a un cargo público o sindical.

La duración mínima de la excedencia es de 4 meses y máxima de 5 años, si bien, los convenios colectivo y acuerdos individuales entre empresa y trabajador pueden establecer otros períodos. En este tipo de excedencia, en términos generales el trabajador mantiene un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa, salvo que el convenio colectivo prevea alguna otra mejora.

No, la excedencia por cuidado de hijos no es retribuida, aunque durante este tiempo el trabajador tiene derecho a reservar su puesto de trabajo, durante el primer año.

En principio, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a un puesto igual o similar, por tanto, puede incorporarse al mismo puesto que ocupaba antes de solicitar la excedencia. Si el puesto ha sido cubierto o no está disponible, el empleador debe ofrecer otro puesto de características similares, si existiera. Sin embargo, las condiciones pueden variar según el tipo de excedencia y el convenio colectivo de cada empresa.

Puedes solicitar una reunión en nuestro despacho a través del formulario de contacto.

Scroll al inicio