Abogado para extinción contrato laboral a instancias del trabajador en Las Palmas

La especialización es nuestra garantía

Asesoramiento en extinción del contrato a instancias del trabajador en Las Palmas

Ofrecemos asesoramiento especializado en la extinción del contrato a instancias del trabajador en Las Palmas, ayudándote a comprender tus derechos y a garantizar que el proceso se lleve a cabo conforme a la normativa vigente. Te asistimos en la identificación de las razones justificadas para la extinción del contrato, con derecho al abono de una indemnización equivalente a la del despido improcedente. Nuestro objetivo es proporcionarte seguridad jurídica y apoyo en cada etapa del proceso, desde la presentación de la papeleta de conciliación, obligatoria y previa a la demanda, hasta la representación en juicios si es necesario.

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¿Por qué elegirme?

¿En qué consiste la extinción del contrato a instancias del trabajador ?

La extinción del contrato a instancias del trabajador se puede solicitar cuando el empleador (la empresa) incumple con sus obligaciones legales. En España, esta situación está regulada en el Estatuto de los Trabajadores y puede darse por varias causas como:

  1. Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo: Cuando hay cambios significativos y negativos en las condiciones laborales del trabajador.

  2. Impago o Retrasos en el Pago del Salario: Si el empleador no paga el salario de manera regular o adecuada.

  3. Cualquier otro incumplimientos Graves por Parte del Empleador: Como falta de medidas de seguridad, acoso laboral, entre otros.

En estos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización como si de un despido improcedente se tratara.

Preguntas frecuentes

¿Puede el empleado solicitar la extinción de su contrato laboral?

Sí, el empleado puede solicitar la extinción del contrato laboral las comúnmente llamadas bajas voluntarias. Para ello, debe cumplir con los plazos de preaviso establecidos en el contrato o en el convenio colectivo. Si no se respeta el preaviso, se puede descontar al trabajador el salario equivalente a los días que no ha preavisado.

La extinción del contrato que no da derecho a la indemnización son aquellas en las que el trabajador comunica su decisión de no continuar por cuestiones personales, la llamadas bajas voluntarias

La extinción del contrato que da derecho a la indemnización son aquellas que implican un incumplimiento grave del empresario, como por ejemplo, el retraso en el pago del salario, las modificaciones de las condiciones de trabajo, o cualquier otro incumplimiento grave del empresario.

La principal diferencia entre extinción de contrato a instancia del trabajador y despido es la persona que lo promueve:

  • Extinción del contrato a instancias del trabajador: la solicitud de dar por terminada la relación laboral la solicita el trabajador por causas imputables al empleador, como por ejemplo, retraso en el pago del salario.
  • Despido: Es una decisión unilateral del empleador de terminar la relación laboral, generalmente por una causa imputable al trabajador, aunque también puede ocurrir, por circunstancias que afectan a la empresa, como por ejemplo, causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. El despido puede ser improcedente o procedente, o nulo dependiendo de las circunstancias.

Si lo que solicita el trabajador es la dimisión, la comúnmente llamada, baja voluntaria, debe comunicar a la empresa y dura, el tiempo que se obligue a preavisar, salvo que, se cambie la falta de preaviso por el descuento del salario.

Si lo que se solicita es la extinción del contrato por incumplimiento del empresario, es necesario interponer una demanda judicial y, el tiempo que tarda en resolverse es el que tarde en celebrarse el juicio y dictarse la sentencia extinguiendo la relación laboral.

En principio, si el trabajador extingue el contrato por incumplimiento del empresario, si tiene derecho a la prestación por desempleo o paro. Es importante que el trabajador consulte con un abogado laboralista o el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) para conocer su derecho a la prestación de desempleo.

Puedes solicitar una reunión en nuestro despacho a través del formulario de contacto.

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