Abogado para vacaciones, permisos y licencias Las Palmas

La especialización es nuestra garantía

Asesoramiento legal sobre vacaciones, permisos y licencias Las Palmas

Ofrecemos un servicio especializado en asesoría legal sobre vacaciones, permisos y licencias en Las Palmas, brindando apoyo a trabajadores para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral vigente. Brindamos orientación sobre la planificación y disfrute de las vacaciones, asegurándonos de que se respeten los plazos y condiciones establecidos por la ley. También asesoramos en la gestión de permisos retribuidos y no retribuidos, ya sea por motivos personales, familiares o médicos, garantizando que se ajusten a la normativa vigente. Nuestro equipo analiza cada caso en detalle para ofrecer soluciones adaptadas a la situación de cada trabajador, velando siempre por la protección de sus derechos laborales.

¿Por qué elegirme?

¿En qué consiste el asesoramiento legal sobre vacaciones, permisos y licencias?

El asesoramiento legal sobre vacaciones, permisos y licencias tiene como objetivo garantizar que los empleadores cumplan con la normativa laboral vigente en cuanto a los derechos y obligaciones relacionados con el descanso laboral. Esto incluye la correcta gestión de las vacaciones anuales, los permisos retribuidos, las licencias por motivos personales o familiares, y los derechos derivados de situaciones especiales como maternidad o paternidad. Un abogado laboralista puede ofrecer orientación sobre cómo gestionar estos derechos, resolver conflictos y asegurar que se respeten tanto los intereses del trabajador.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley y cómo se deben disfrutar?

Según el Estatuto de los Trabajadores, a todos los trabajadores les corresponde un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, esto incluye festivos y fines de semana si bien, puede ser mejorado por convenio colectivo o contrato individual. Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural en que se generan, aunque pueden acordarse fechas específicas con la empresa, siempre respetando los derechos del trabajador a disfrutar de su tiempo de descanso.

En principio, la empresa no puede negar las vacaciones una vez aprobadas, salvo por motivos justificados, como una necesidad urgente o imprevista en la actividad de la empresa. Sin embargo, en estos casos, la empresa debe llegar a un acuerdo con el trabajador, ofreciendo alternativas o compensaciones adecuadas, siempre respetando los derechos del empleado.

Los trabajadores tienen derecho a solicitar permisos retribuidos en determinadas situaciones, como el fallecimiento de un familiar, matrimonio, nacimiento de un hijo o enfermedad grave de un familiar directo. La duración de estos permisos varía según el tipo de situación y se establece en el Estatuto de los Trabajadores y puede ser mejorado por el convenio colectivo aplicable. La empresa está obligada a conceder estos permisos dentro de los plazos establecidos.

Si a un trabajador le coincide el periodo de vacaciones con una incapacidad temporal, por contingencias comunes, que le imposibiliten disfrutarlas total o parcialmente, dentro del año natural al que corresponde, se puede disfrutar cuando finalice la incapacidad siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final de año en el que se origine.

En los supuestos de nacimiento de un menor, la madre biológica tiene derecho a la suspensión del contrato durante 16 semanas, de las cuales 6 semanas deben disfrutarse obligatoriamente, tras el parto y que debe disfrutarse a jornada completa.
El otro progenitor distinto a la madre biológica, tiene derecho a 16 semanas también, de las cuales serán obligatorias las 6 semanas posteriores al parto y que debe disfrutarse a jornada completa.

Puedes solicitar una reunión en nuestro despacho a través del formulario de contacto.

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